PERFILAN SANCIONAR CON PRISIÓN CORRUPCIÓN DEPORTIVA
Ciudad de México 20 octubre 2026.- Aunque la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (Conade) alertó sobre impactos negativos en su implementación, la Comisión del Deporte de la Cámara de Diputados aprobó una reforma que tipifica como delito la corrupción deportiva en el ámbito del deporte profesional.
La modificación propuesta por el morenista Daniel Andrade Zurutuza adiciona el artículo 154 Bis a la Ley General de Cultura Física y Deporte, el cual establece que comete delito de corrupción deportiva quien por sí o por interpósita persona acepte, reciba, solicite u ofrezca para sí o para otro cualquier beneficio para hacer o dejar de realizar un acto propio con la finalidad de realizar cualquier conducta que modifique el proceso o resultado de una prueba, encuentro, torneo o competición.
La reforma establece sanciones que van de dos a seis años de prisión y multa de mil a cuatro mil veces el valor de la UMA, mismas que se duplicarán en el caso de personas con cargos de dirección, administración, empleo o de colaboración con instituciones deportivas públicas o privadas.
Así como para quienes por sí o por interpósita persona solicite, prometa, ofrezca u otorgue a algún deportista profesional, integrante de cuerpo técnico, árbitro o juez, cualquier beneficio personal o económico a cambio de predeterminar, manipular, alterar, influir, dar ventaja o realizar cualquier conducta que influya o modifique resultados.
Los cambios fueron avalados a pesar de que en su opinión la Conade consideró que éstos no son necesarios ni convenientes para el desarrollo del deporte mexicano.
De acuerdo con la opinión, la reforma incluso podría tener un impacto negativo, al generar ambigüedad e inhibir la celebración de contratos de patrocinio y otros instrumentos legítimos que son esenciales para la profesionalización y el crecimiento económico del deporte.
“La ambigüedad del tipo penal propuesto podría inhibir la celebración de contratos de patrocinio, transferencia de jugadores, derechos de imagen y otros instrumentos legítimos que son esenciales para la profesionalización y el crecimiento económico del deporte en México”, advierte.
La Conade indicó que ya existen instrumentos jurídicos y normativos suficientes para sancionar la corrupción deportiva mediante tipos penales vigentes en el Código Penal Federal, así como mediante ordenamientos administrativos de las propias federaciones deportivas nacionales.
La institución indicó que éstas han demostrado capacidad sancionadora efectiva.
“La creación de un tipo penal específico en la Ley general de Cultura Física y Deporte generaría una duplicidad innecesaria con el Código Penal Federal y podría producir conflictos de competencia entre autoridades administrativas deportivas y el Ministerio público, debilitando en lugar de fortalecer la respuesta institucional”, indica.
