CHOCAN EN EL TEPJF POR PROPAGANDA DE ELECCIÓN
Manuel Alejandro Álvarez Torres
Agencia Reforma
Ciudad de México 9 abril 2025.- En el Tribunal Electoral (TEPJF) hay un choque de criterios sobre la promoción de la elección judicial, a través de los Gobiernos y los servidores públicos de todos los niveles.
El TEPJF recibió 42 impugnaciones en contra de los criterios de imparcialidad que avaló el INE el 29 de marzo y donde se establece que ni Gobiernos ni servidores públicos pueden convocar a la participación ciudadana para la elección judicial.
En su proyecto para 37 casos, el Magistrado Felipe de la Mata propuso avalar la propaganda oficial de esta elección, con el argumento de que el artículo 134 constitucional no prohíbe esa difusión, sino que no influya en la contienda.
“Los Poderes de la Unión, los Poderes de las entidades federativas, y servidores públicas pueden promover el voto y la participación ciudadana”, indica De la Mata en su proyecto.
Sin embargo, la Magistrada Janine Otálora, que atendió 5 impugnaciones sobre el mismo tema, determinó que no se pueden usar recursos públicos para esos fines, pues esa tarea corresponde al Instituto Nacional Electoral.
Ambos proyectos deberán ser analizados en la sesión de hoy miércoles del Tribunal Electoral.
Argumenta que la Constitución es clara al establecer que el INE tiene la atribución “exclusiva” de promover la participación ciudadana en un proceso electoral.
“Acorde al régimen constitucional y legal que sustenta su existencia, naturaleza y facultades, corresponde al INE la atribución exclusiva de realizar actividades tendentes a la promoción del voto y de la participación ciudadana”, indica.
Además, aclara, el propio Congreso aprobó esa restricción, al establecer en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales que está “prohibido el uso de recursos públicos para fines de promoción y propaganda relacionados con los procesos de elección de personas integrantes del Poder Judicial”.
“La disposición que cuestionan las personas inconformes fue válida y legalmente emitida por el INE, al recoger prohibiciones que estableció el propio constituyente permanente y el legislador ordinario”, establece su proyecto.
De acuerdo con funcionarios del Tribunal Electoral, Otálora no tiene los tres votos necesarios para que su proyecto sea aprobado.